GUIA PARA EL INMIGRANTE PERUANO

La primera acción de un peruano fuera del país es inscribirse en el Registro de Nacionales de su Consulado.  Asimismo, si va a residir permanentemente fuera, deberá hacer el respectivo cambio de domicilio en su DNI a efectos de poder sufragar en las Elecciones Generales que se llevan a cabo cada cinco años.

Además de registrarse en el Consulado, es importante que los ciudadanos:

1.       Se comuniquen con algún familiar o amigo de su lugar de origen.  No hay que perder el contacto con dicha persona.

2.       No entreguen su pasaporte a nadie para que lo guarde.  De encontrar empleo es preciso recordar que el empleador no necesita de dicho pasaporte y tampoco tiene derecho a retenerlo.

3.       Guarden su pasaporte en un lugar seguro cuando no lo vayan a requerir.

Qué derechos tengo si soy detenido por Inmigración?

-          A comunicarse con su Consulado más cercano llamando al teléfono de emergencia (202) 230 9992 ó a la línea gratuita 1-877-490-PERU.

-          A ser informado en dónde se encuentra.

-          A comunicarse con sus familiares.

-          A llamar a un abogado (para situaciones migratorias no hay derecho a un abogado de oficio, en cambio para situaciones de faltas o delitos sí).

-          A no dar información alguna sobre su nacionalidad o calidad migratoria.

-          A pedir la salida voluntaria del país.

-          La única información a la que se está obligado es a proporcionar el nombre correcto del detenido.

Trate de evitar los fraudes en asuntos migratorios consultando siempre con sus representantes consulares.  En este sentido, deberá tener especial cuidado cuando reciba ofertas de trabajo provenientes de abogados, notarios públicos u oficinas especializadas en inmigración, cuando prometen a su vez conseguir el permiso de trabajo respectivo o residencia legal antes del tiempo programado.  Igualmente tenga cuidado cuando le ofrezcan permiso de trabajo a través de una petición de asilo político, pues muchas veces configuran casos de estafa.  Recuerde que actualmente, por la situación de estabilidad política y democracia que vive el Perú, es muy difícil que se den las condiciones para que peruanos califiquen para obtener asilo político en los Estados Unidos de América.

 Cómo puedo obtener información general sobre el tema migratorio? 

Información acerca del sistema migratorio puede ser obtenida a través de la página www.travel.state.gov (del departamento de Estado) que detalla todo lo relativo a visas para ciudadanos extranjeros, tanto visitantes de carácter temporal como inmigrantes permanentes.

 De otro lado, el Departamento de Seguridad Nacional comprende tres oficinas que se encargan de áreas de interés:  Aduanas y Protección Fronteriza, Ciudadanía y Servicios Migratorios y Aplicación de las Leyes Migratorias.  Página: www.uscis.gov

Cuáles son los derechos reconocidos independientemente de la calidad migratoria?

 Los derechos fundamentales se reconocen independientemente de la calidad migratoria, incluyendo el derecho a la educación, salud y representación legal.  Le son reconocidos sus derechos como persona humana y como trabajador: igualdad de acceso a la justicia, respeto a la libertad individual, derecho a ser remunerado por el trabajo que efectúe, entre otros.

 Cómo se puede obtener número de identificación local?

 La identificación más conocida en este país es la licencia de conducir, la cual ha pasado en muchos casos a convertirse en un documento de identificación personal.  Sin embargo, esto último es lo que ha venido a dificultar su obtención y su renovación en el caso de los connacionales que están indocumentados.

 Generalmente la identificación estatal se tramita ante las oficinas del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV).  Esta identificación se utiliza en defecto de la licencia de conducir.  Para obtenerla generalmente se deberá probar que el solicitante cuenta con estadía legal, no necesariamente contar con una visa de residencia en los Estados Unidos.

 Para obtener una tarjeta de Seguridad Social se requiere contar con documentación migratoria al día, inclusive permiso de trabajo, partida de nacimiento original y pasaporte vigente.  Para cambiar el nombre también se puede presentar  su partida de matrimonio.  El número de seguro social constituye la identificación principal de la persona en los Estados Unidos de América, que permite realizar todos los trámites relativos a la obtención de la licencia de conducir, tarjeta de crédito, pago/devolución de impuestos, entre otros.

 El Estado garantiza el derecho al Seguro Social a los nacidos en el territorio y a los hijos de americano nacidos fuera.  Para el caso de nacidos en territorio americano, hijos de personas con estadía irregular o indocumentados, también se garantiza este derecho.  En este caso se tramita el número de seguro social al momento del nacimiento en el respectivo hospital.

Para contactar a la oficina del Seguro Social ir a la página www.ssa.gov o llamar al 1-800-772 1213.

Respecto al número de identificación tributaria (ITIN), se trata de la alternativa para aquellas personas que debido a su status migratorio no pueden acceder a un número de seguridad social.  Esta se tramita ante la oficina Internal Revenue Service (IRS).  Con este número el trabajador podrá cumplir con la declaración anual de impuesto a la renta y también acceder al reembolso.  Cabe señalar que es conveniente cumplir con el pago de impuestos pues de esta manera el trabajador informal demuestra su buena fe y espíritu de trabajo para quedarse en el país.  Además constituye la manera principal de acreditar el tiempo que se ha permanecido en el país en el caso de iniciar algún trámite de regularización migratoria.  Sin embargo debe recordarse que no sustituye al número de seguro social.

 Cómo encontrar trabajo?

 Las ofertas de empleo se pueden obtener mediante los diarios especializados de circulación local y regional, Ferias de Trabajo, Internet (www.monster.com), televisión, murales, el Departamento de Trabajo o agencias de empleo.

 Cómo abrir cuentas bancarias?

 Para abrir una cuenta corriente generalmente se requerirá presentar el pasaporte válido si es residente en el exterior.  Así está estipulado en la ley federal bancaria.  Sin embargo queda a criterio de cada Banco solicitar elementos adicionales.

 Asimismo, las agencias bancarias solicitan generalmente el número de seguro social para abrir la cuenta corriente y también para obtener una tarjeta de crédito.  En este último caso muy difícilmente se tendrá derecho a la misma de no contar con un número válido.

 En el caso de las tarjetas de crédito emitidas por las tiendas generalmente se solicita, además del número de seguro social, una identificación alternativa adicional, como la licencia de conducir.

 En el caso de personas con situación migratoria irregular, algunas entidades bancarias aceptan la constancia de Registro de Nacionales emitida por el Consulado para abrir cuentas corrientes.  La obtención del crédito estará determinada por la historia de crédito que la persona tenga en el país, es decir por el paso del tiempo y cumplimiento de previas obligaciones crediticias.  En algunos casos, para formar la historia de crédito, es aceptado usar el número que otorga el IRS para el pago de impuestos.  Hay algunos programas que ayudan a iniciar esta historia crediticia, para lo cual se pueden consultar las páginas de los siguientes Bancos:

www.bankofamerica.com, www.wellsfargo.com, www.bankofthewest.com, www.citibank.com.

 Qué cuestiones tributarias básicas debe conocer el inmigrante?

 Toda persona  residente en los Estados Unidos tiene la obligación de pagar impuestos.  La tasa dependerá del Estado donde reside y donde labora, así como de las propiedades con que cuente.

Esta obligación se extiende a los indocumentados, lo que les permite además demostrar a Inmigración la disposición y voluntad de cumplimiento de obligaciones del titular.  Uno de los requisitos que Inmigración exige a las personas que han tramitado o se encuentran a la espera del status migratorio (residencia o ciudadanía) es que presenten sus planillas de impuestos.

La información relativa a los derechos del contribuyente, contribuyente extranjero, empleados autónomos, declaración de impuestos e, incluso, servicios gratuitos para recibir ayuda para la elaboración de impuestos, puede ser obtenida en español a través de la página del “Internal Revenue Service”: www.IRS.gov.

Es posible acceder a beneficios sociales, inclusive en el caso de inmigrantes recientes con familias de bajos ingresos?

 Para los inmigrantes indocumentados, información acerca de la asistencia sobre servicios y beneficios para los inmigrantes, se puede obtener a través de la Oficina de Ciudadanía y Servicio Migratorio (USCIS), teléfono: 1-800-375 5283 (en español).

 Asimismo, el Departamento de Asistencia Social conocido como Welfare, es el encangardo de brindar asistencia y su acceso se puede canalizar a través de organizaciones de apoyo a los inmigrantes hispanos.

 En el caso de personas mayores de 65 años, discapacitadas, con problemas de vivienda o financieros (indigencia) o víctimas de abuso (menores de edad), el Departamento de California de Servicios Sociales (www.cdss.ca.gov) ofrece orientación y ayuda de carácter confidencial llamando al teléfono 1-800-5102020 o consultando la página www.firstfive.ca.gov.

En caso desee hacer consultas o trámites de tipo consular a dónde puedo dirigirme?

 El Consulado General del Perú en Washington D.C atiende al público de lunes a viernes de 9:00 am a 1:00 pm por estricto orden de llegada.  Con el fin de apoyar a quienes por razones de trabajo o distancia no pueden acercarse a la sede durante dichos días, el Consulado atiende el ultimo sábado de cada mes en el mismo horario. 

 Si necesita información general acerca de los trámites y servicios consulares que se ofrecen, puede usted visitar la página www.consuladoperu.com

 Para cualquier consulta adicional puede usted escribir al correo consulado@conperdc.org